Por tratarse de hechos consumados, la Comisión de Quejas y Denuncias declara improcedencia de medida cautelar contra ex consejeros del OPLE de Baja California Sur

Escrito por: Redacción INE
Tema: Comunicados de Prensa

Número: 279

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la adopción de medidas cautelares contra Jesús Alberto Muñetón Galaviz y Manuel Bojórquez López, hoy ex consejeros electorales del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur (IEEBCS), por la presunta comisión de hechos que podrían constituir violencia política en razón de género contra Rebeca Barrera Amador, Consejera Presidenta del IEEBCS.

La Consejera Presidenta denunció, entre otros, presión y hostigamiento por negar el pago de haber por retiro a favor de uno de ellos, por su desempeño como Consejero Presidente de ese Instituto local en el año 2014. De igual forma, denunció resistencia de sus compañeros para dar cumplimiento a la paridad vertical y horizontal en el registro de las candidaturas, en contravención al orden jurídico nacional en internacional.

Los integrantes de la Comisión concluyeron que los hechos denunciados ocurrieron en el pasado sin que la quejosa indique, o la autoridad contenciosa advierta, un hecho actual, vigente o con posibilidades de que se realice en el futuro que amerite la realización de un análisis de riesgo y de un plan de seguridad, toda vez que las personas denunciadas ya no ostentan la calidad de Consejeros Electorales del IEEBCS.

En ese sentido y desde una óptica preliminar, no se advirtió algún elemento, hecho o circunstancia para considerar que las declaraciones y acciones objeto de denuncia constituyan violencia política en contra de las mujeres por razón de género que tengan como consecuencia una potencial amenaza en contra de los derechos o integridad de la quejosa.

Así, la queja fue resuelta por unanimidad de votos de las Consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela y del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.

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