VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DE LA CONSEJERA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, DANIA PAOLA RAVEL CUEVAS, EN EL PUNTO 5 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS REGLAMENTOS DE FISCALIZACIÓN Y DE COMISIONES DEL CONSEJO GENERAL DEL INE, EN MATERIA DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO
Muchas gracias, Presidente.
Una de las constantes e históricas problemáticas a las que se han tenido que enfrentar las mujeres en la lucha por participar de los asuntos públicos y políticos, es desgraciadamente la renuencia de los partidos políticos.
La repetida insistencia de excluirlas de los cargos de toma de decisiones y vulnerar su participación a los ámbitos privados y domésticos, ha obligado a generar reformas que coadyuven a construir condiciones igualitarias y libres de discriminación para el ejercicio de nuestros derechos políticos.
Así la reforma electoral de 2007 implementó una medida sumamente importante, la obligación de los partidos políticos nacionales de destinar el dos por ciento de su financiamiento público ordinario para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.
Con la reforma electoral de 2014 vivimos un cambio histórico derivado de la incorporación del principio de paridad de género y la constitución, y del aumento del porcentaje mínimo que los partidos políticos debían destinar a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.
Conscientes de la importancia de destinar correctamente estos recursos, en 2015 emitimos los lineamientos para el gasto programado, mismos que sirven para orientar a los partidos políticos en la elaboración de los objetivos, metas e indicadores de los programas anuales de trabajo, y en 2018 creamos para la implementación de buenas prácticas en el ejercicio de los recursos del gasto programado, un protocolo, documentos que resultan fundamentales tomando en cuenta que los partidos son el espacio donde la mayor parte de las mujeres inician sus carreras políticas.
Sin embargo, hemos podido constatar que justamente esos mismos espacios en donde suelen experimentar discriminación y violencia política en razón de género, pues se replica la idea de que las mujeres no corresponden al espacio público, o bien, que sus carreras no son tan importantes o no merecen los mismos recursos que aquellos de sus compañeros de partido.
Y aquí me gustaría señalar algunos ejemplos, pues dan muestra clara de situaciones lamentables que han acontecido, derivado de la revisión del gasto del ejercicio 2016, por ejemplo, se detectó que los partidos políticos no destinaron la totalidad de los recursos del financiamiento para el liderazgo político de las mujeres, ya que debieron haber gastado 215 millones y no ejercieron 24 millones, es decir, el 11 por ciento.
Ocurrió de manera similar en 2017 donde además se identificaron gastos que no guardaban relación con el objetivo de rubro destinado al fortalecimiento del liderazgo político de las mujeres, ya que los partidos utilizaron estos recursos en compra de combustible, bocinas, mochilas, detergente, papelería, tóner para impresora y otros materiales e insumos que nada tenían que ver con el fortalecimiento de la participación política de las mujeres.
De igual forma, existe algunos otros ejemplos de conceptos de gasto no alineados con el rubro de capacitación y promoción, y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.
En años 2016 y 2017 dimos talleres de imagen personal o la impresión de la biografía de un gobernador en turno, que trataron de ponerse en este rubro.
En eventos se ha querido catalogar en el rubro de liderazgo político de las mujeres, eventos para prevenir problemas de salud que atañen a las mujeres, mientras que en el rubro de investigación el gasto del tres por ciento ha sido empleado para la publicación de un libro para la ciudadanía en materia del cuidado de recursos naturales y medio ambiente, y otro sobre la concientización del uso del agua.
Todos estos temas, sin duda, son relevantes, pero resulta pertinente cuestionarnos por qué los partidos políticos deciden utilizar el gasto originado al fortalecimiento de la participación política de las mujeres, en estos temas, y no en acciones que verdaderamente contribuyen a este fin.
Todos estos ejemplos evidencian la urgencia de crear medidas que nos permitan asegurar que estos recursos sean empleados correctamente, de lo contrario, se perpetúan las estructuras de desigualdad al interior de los institutos políticos, la discriminación en contra de las mujeres y, por lo tanto, la idea de que sus carreras en los espacios políticos no importan y quedan en segundo plano.
En ese sentido, la reforma en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género incorporó como una obligación de los partidos políticos informar bimestralmente de manera pormenorizada y justificada sobre la aplicación de los recursos destinados para la capacitación y promoción del liderazgo político de las mujeres.
Asimismo, estableció que se podrán aplicar dichos recursos, entre otros, en la creación o fortalecimiento de mecanismos para prevenir, atender y sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género, ello dado que, como lo reconoce la exposición de motivos de la Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política contra las Mujeres, las medidas dirigidas al empoderamiento político de las mujeres son un factor decisivo para la erradicación de la violencia política en su contra.
Por lo que, con la finalidad de armonizar la normativa interna del Instituto con dicha reforma, y garantizar que el ejercicio del gasto programado cumpla a cabalidad con su objetivo principal, el día de hoy conocemos las modificaciones a los reglamentos de Fiscalización y de Comisión del Consejo General en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género.
El objetivo de las medidas propuestas es poder supervisar, detectar y sancionar el mal uso que se pueda dar a los recursos destinados al fortalecimiento del liderazgo de las mujeres, y con ello se generen condiciones para que los partidos políticos no evadan su responsabilidad para atender la norma.
Dado lo anterior, se promueve que, independientemente de las sanciones que se impongan por el incumplimiento, el partido político deberá de aplicar el monto que no haya destinado a este fin en el ejercicio inmediato siguiente al de la fecha de aprobación de la resolución correspondiente, ello, con la finalidad de garantizar que los recursos que fueron creados para que se capacite y se promueva el liderazgo político de las mujeres en los diversos institutos políticos cumplan con su objetivo.
Asimismo, como medida preventiva se propone que la Unidad Técnica de Fiscalización revise el Plan Anual de Trabajo de los partidos para verificar que los proyectos se encuentren alineados al cumplimiento de objetivo del mismo.
Se establecen reglas de comprobación que nos permiten acreditar de forma plena que el gasto programado cumpla con los fines constitucionales y legales para los cuales fue otorgado e inhibir la simulación.
La implementación y seguimiento de todas estas modificaciones construirán un camino para que los partidos políticos consoliden y fortalezcan la participación política de las mujeres militantes en condiciones de igualdad, lo cual, a su vez, permitirá que quienes decidan concursar para un cargo a elección popular cuenten con los instrumentos y herramientas necesarias para hacerlo.
La violencia política contra las mujeres por razón de género es, quizá, el mayor obstáculo al cual se están enfrentando las mujeres para poder ejercer plenamente sus derechos políticos electorales, lo cual no es una problemática que nos atañe solo a nosotras, sino que es un asunto que nos compete a todos y a todas. Y tanto el INE, como autoridad electoral garante de los derechos humanos, y los partidos políticos, como entes de interés público, en cuyas filas se desarrolla gran parte de la vida política, tenemos la responsabilidad de prevenir, sancionar y erradicar estos actos.
Gracias, Presidente.
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