VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DE LA CONSEJERA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, DANIA PAOLA RAVEL CUEVAS, EN EL PUNTO 11 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, POR EL QUE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN Y EVALUACIÓN DEL ENSAYO PRESENCIAL QUE PRESENTARÁN LAS Y LOS ASPIRANTES DE LAS ENTIDADES DE MICHOACÁN Y NAYARIT, QUE OBTENGAN LA MEJOR PUNTUACIÓN EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN EL PROCESO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LAS CONSEJERAS O CONSEJEROS PRESIDENTES DE LOS RESPECTIVOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES
Quisiera dar una breve explicación de estos lineamientos para la aplicación y evaluación del ensayo presencial que presentarán las y los aspirantes de las entidades de Michoacán y Nayarit a la Presidencia de dichos OPLES.
Como es habitual, a través del ensayo presencial que elaborarán las y los aspirantes, se evaluará la habilidad que poseen para definir, situar, y delimitar un problema del ámbito electoral.
Esto con la finalidad de que nosotros podemos hacer la valoración de su capacidad de análisis y argumentativa.
Una novedad en estos lineamientos es que se prevé una sanción específica en caso de que alguna persona aspirante coloque su nombre en el escrito de ensayo, y con esto transgreda el principio de anonimato.
De nueva cuenta, se propone que la institución académica encargada de la aplicación y dictaminación de los ensayos sea El Colmex.
Esta propuesta de lineamientos, hay que decirlo, que se aprobó en la Comisión de Vinculación, aún bajo la coordinación del consejero Baños, pero su tramitación se vio afectada, como muchas otras cosas, por la suspensión de plazos previstos por el Consejo General el 27 de marzo, derivado de la pandemia.
Actualmente, como lo vimos en el punto 2 del orden del día, el INE está haciendo esfuerzos para reactivar algunas tareas pendientes que nos permitan avanzar en las atribuciones que tenemos encomendadas, aún en la circunstancia extraordinaria por la cual atravesamos.
Este documento es importante porque funge como un insumo para que la Unidad Técnica de Vinculación lleve a cabo las gestiones administrativas para la suscripción del convenio de colaboración con El COLMEX.
Por último, y precisamente por los tiempos inciertos en los que vivimos, que hacen que nuestras decisiones se supediten a la situación cambiante de la emergencia sanitaria, este documento no contiene fechas de aplicación, por ejemplo, del ensayo y, por ende, de las etapas subsecuentes, ¿no? de cuándo se van a dar resultados, y cuándo se daría el periodo de revisión.
Sin embargo, su aprobación sí representa un avance en relación con el procedimiento de designación pendiente en Michoacán y Nayarit, para ocupar las presidencias de esos OPLES, en atención a que nos permite solventar las cuestiones administrativas para estar en posibilidades de continuar de manera inmediata con este procedimiento en cuanto a las condiciones sanitarias del país lo permitan.
Cuando eso ocurra, la Comisión de Vinculación reasignará nuevas fechas que desde luego se harán del conocimiento público.
Es cuanto, Presidente.
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