Estamos a unos cuantos días de que concluya el plazo para que las organizaciones que aspiran a convertirse en partidos políticos nacionales terminen de entregar sus documentos básicos, el total de las afiliaciones individuales que lograron y la documentación que acredita que sus asambleas se realizaron conforme a lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos.
El próximo 26 de febrero es el último día para que realicen su asamblea nacional constitutiva, y el 28 para que entreguen su solicitud formal de registro al Instituto Nacional Electoral, junto con toda la documentación requerida.
Las cifras preliminares señalan que media docena de agrupaciones estaría en posibilidades de acreditar los requisitos iniciales para poder solicitar su registro. Sin embargo, al día de hoy, ninguna organización puede decir que ya cumplió con la totalidad de los requisitos y menos aún que tiene asegurado su registro como partido político. Conforme a lo establecido en la ley, todavía faltan dos etapas fundamentales para concluir este proceso en condiciones de certeza y legalidad.
La primera: que el INE verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, tales como el haber cumplido las disposiciones legales y normativas en cada asamblea (incluyendo la constitutiva) y la confrontación de sus registros de afiliados con la base de datos del Padrón Electoral, con las afiliaciones de otras agrupaciones y con los padrones de afiliados de los siete partidos políticos nacionales que hoy cuentan con registro, los cuales —por cierto— acaban de ser depurados.
En este primer punto, es importante recordar que el criterio que se ha establecido en la confronta de las afiliaciones es el de que prevalece la última voluntad expresada por el ciudadano. Es decir, dado que la ley prohíbe la doble afiliación, en el caso de que alguien se haya inscrito a más de una organización o que esté registrado ya en otro partido político, la afiliación que se mantendrá y se contabilizará será la más reciente.
La segunda etapa, que aún no ha iniciado, implica el desahogo de los procedimientos que deberá realizar la autoridad electoral para verificar el apego a la ley de la actuación de las organizaciones que buscan constituirse como partido político.
Entre otros aspectos, deberá revisarse que no exista intervención de entes prohibidos, como asociaciones religiosas, sindicatos u otros partidos, y que no haya existido en el proceso de registro de militantes afiliaciones corporativas, que están impedidas por la Constitución.
Además, el Consejo General tendrá que conocer y analizar los reportes de ingresos y gastos que mes con mes han venido informando las agrupaciones que buscan constituirse como partidos políticos. Es decir, también los partidos en formación pasarán por el tamiz de la fiscalización de recursos para poder constituirse legalmente.
Así, será hasta el mes de junio cuando la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos concluya con la revisión de los requisitos y cuando el Consejo General conozca el dictamen definitivo que elaborará la Secretaría Ejecutiva del Instituto. De esta manera, si hoy alguien sostiene que ya cumplió con todos los requisitos o que su registro es inminente, simple y sencillamente está faltando a la verdad.
En la recta final de este proceso, que como cada seis años se lleva a cabo conforme a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad, es muy importante reiterar que las reglas que se han aplicado han sido exactamente las mismas para todas las organizaciones aspirantes; es decir, hubo piso parejo.
Quienes lleguen al final del proceso y cumplan con todos los requisitos establecidos en la ley, se integrarán al sistema de partidos a partir del 1 de julio de este año y podrán competir —sin alianzas— en las elecciones federales de 2021.
El próximo año, sólo aquellos partidos que alcancen el 3% de la votación nacional podrán mantenerse en el sistema de partidos y competir en las presidenciales de 2024.
Finalmente, como debe ocurrir en democracia, la constitución de nuevos partidos políticos, así como la pérdida del registro, depende única y exclusivamente de la voluntad ciudadana expresada a través sus derechos de afiliación y de voto libre y secreto.
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