Número: 008
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió –por mayoría de votos- 203 quejas iniciadas como Procedimientos Ordinarios Sancionadores (POS) en contra de cinco partidos políticos nacionales, por transgredir el derecho de libre afiliación, así como por el uso indebido de datos personales de 203 ciudadanas y ciudadanos que fueron aspirantes a Supervisor y/o Capacitador Asistente Electoral durante el Proceso Electoral 2017–2018, por lo que determinó sancionarlos con amonestaciones públicas.
En la presentación de los proyectos la Consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, informó que ésta es la última parte de los procedimientos sancionadores en la que la propuesta tiene que ver con una sanción no económica porque, a la fecha, los partidos políticos todavía se encuentran en la última fase de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Acuerdo 33.
Explicó que, en aquellos casos en los que no se hayan aportado elementos probatorios que comprueben la voluntad de las personas para ser afiliadas, se plantea declarar fundada la materia del procedimiento, e imponer la sanción de amonestación pública. Y en los que los partidos políticos demostraron la correcta afiliación de las personas, se propone declarar infundado el procedimiento.
La autoridad electoral nacional avaló –en lo general- los proyectos de resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias, con motivo de 24 escritos de quejas en contra del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), 54 contra Morena, 20 contra el Partido Revolucionario Institucional (PRI), 102 contra el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y 3 contra el Partido del Trabajo (PT), registradas en 18 entidades del país.
Consejeras y consejeros del INE aprobaron 126 quejas como fundadas, 75 infundadas y 2 sobreseídas.
En contra del PVEM, del total de las 24 quejas, 17 fueron declaradas como fundadas y 7 siete infundadas.
En contra del PRD, la Comisión recibió 102 quejas, una se sobreseyó un caso por fallecimiento del denunciante, 33 se consideraron como fundadas al infringir las disposiciones electorales del derecho de libre afiliación, y 68 se declararon infundadas.
De 54 quejas recibidas en contra de Morena, 53 se encontraron fundadas y en un caso se determinó el sobreseimiento; asimismo, se encontró fundada la denuncia de 20 personas en contra del PRI y tres en contra del PT.
Conforme al Acuerdo de Consejo General INE/CG33/2019, emitido el 23 de enero de 2019 y que pierde vigencia el próximo 31 de enero, el Instituto aprobó implementar, de manera excepcional, un procedimiento para la revisión, actualización y sistematización de los padrones de afiliadas y afiliados de los partidos políticos nacionales, en apego al cual se determinó que durante el periodo de vigencia del acuerdo se sancionará con amonestaciones públicas.
De acuerdo con la resolución de los seis POS, se observó que los partidos mencionados han procedido ya a eliminar de su padrón de militantes el registro de todas y cada una de las personas que presentaron las respectivas quejas.
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