- El Consejo Local resolvió dos proyectos de queja contra el candidato común a la gubernatura del estado del PAN, PRD, MC y “Sumamos Puebla”.
El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Puebla, declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares formulada por Juan Pablo Cortés Córdova, representante del Partido MORENA ante el Consejo Local, por la supuesta realización de actos anticipados de campaña atribuibles a Enrique Cárdenas Sánchez, candidato común a la gubernatura, postulado por Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC), así como la Asociación Civil “Sumamos por Puebla”, derivados de diversas publicaciones y la difusión de un video en redes sociales.
En el video, publicado el pasado 17 de marzo en los perfiles de Twitter y Facebook del actual candidato común a la gubernatura por los partidos mencionados, se hace una supuesta invitación a la ciudadanía para participar en el evento del registro del candidato común Cárdenas Sánchez, mismo que tendría verificativo el 19 de marzo lo cual, a decir del quejoso, implica una violación a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda.
El Consejo Local de Puebla, por unanimidad de votos, acordó la improcedencia de la medida cautelar solicitada por MORENA, consistente en el retiro de las publicaciones y el video de las cuentas de Twitter y Facebook, por tratarse de hechos consumados y, en apariencia del buen derecho, el contenido del material motivo de la queja, no configura una violación a la norma electoral.
Finalmente, respecto de la tutela preventiva solicitada, el Consejo Local argumentó que las expresiones vertidas en las redes sociales están amparadas bajo el derecho de libertad de expresión y libre periodismo.
Improcedente medida cautelar solicitada por Barbosa
Durante la misma sesión, también se declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares solicitadas por Cortés Córdova en representación de Luis Gerónimo Barbosa Huerta, consistente en el retiro de un vídeo que, a juicio del quejoso, contiene propaganda denigrante, difamatoria e injuriosa en contra de su representado y alojado en la cuenta de Twitter “El Monseñor @YoSoyElMonseñor”.
Los integrantes del Consejo Local, por unanimidad de votos, señalaron que el vídeo, materia de la denuncia, versa sobre hechos consumados y, en cuanto a la solicitud de la tutela preventiva para realizar el retiro del mismo, se concluyó que, de un análisis preliminar, dicho material requiere de un acto de voluntad para conocer su contenido y las publicaciones en redes sociales están amparadas bajo el derecho de libertad de expresión y libre periodismo.