La Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en el estado de Tamaulipas y el Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM), por conducto de sus Consejeras Presidentas de estas autoridades, Mtra. Olga Alicia Castro Ramírez (INE) y Mtra. María de los Ángeles Quintero Rentería (IETAM), el día 8 de febrero del año en curso, firmaron las Directrices Generales para la coordinación, colaboración y acompañamiento entre las Juntas y Consejos Distritales del INE con los Consejos Distritales y Municipales del IETAM.
Las titulares de las autoridades electorales Nacional y Local, responsables de la preparación y desarrollo del proceso electoral local con jornada electoral el 2 de junio en la entidad, sobre la base de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral y en el marco de aplicación del Convenio General de Coordinación celebrado por el INE y el IETAM el 6 de septiembre de 2018; y, con el propósito de generar un marco operativo a efecto de favorecer las relaciones interinstitucionales en todos los niveles y ámbito de la estructura de ambos institutos, suscribieron los mecanismos de coordinación interinstitucional, a los que deberán sujetarse las Juntas y Consejos Distritales del INE y los Consejos Distritales y Municipales del IETAM
En el Proceso Electoral Local el INE tendrá las atribuciones de: determinar el número y la ubicación de casillas; la integración de las mesas directivas de casilla y la capacitación electoral; la actualización y depuración del padrón electoral y de la lista nominal de electores; emitir reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares, encuestas o sondeos de opinión, observación electoral, conteos rápidos, impresión de documentos y producción de materiales electorales; la administración de los tiempos del estado en Radio y Televisión para los partidos políticos, candidatos y autoridades electorales y la fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos.
El IETAM ejercerá las funciones en materia de: derechos y acceso a las prerrogativas de los candidatos y partidos políticos; educación cívica; preparación de la jornada electoral; impresión de documentos y la producción de materiales electorales; escrutinios y cómputos en términos que señale la ley; declaración de validez y el otorgamiento de constancias en las elecciones locales; resultados preliminares; encuestas o sondeos de opinión; observación electoral, y conteos rápidos, conforme a los lineamientos emitidos por el INE; así como todas las no reservadas al Instituto Nacional Electoral; y las que determine la Ley, con el fin de garantizar la correcta aplicación de las normas electorales en el estado.
Bajo los principios de coordinación, respeto y reconocimiento mutuo de las atribuciones de cada órgano electoral, el documento tiene como propósito asegurar los mecanismos que deban instrumentar los órganos subdelegacionales del INE y los Consejos Distritales y Municipales del IETAM, para que de forma periódica, permanente y constante, las actividades que a cada Institución corresponden se desarrollen de manera coordinada, acompañándose mutuamente en un ámbito de respeto y asegurando el intercambio de la información que es útil y necesaria en la toma de decisiones y para la correcta ejecución de actividades que tienen encomendadas cada una de las partes.
También se reitera que los órganos desconcentrados del INE y del IETAM, bajo ninguna circunstancia, podrán tomar acuerdos que contradigan las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que aprueben los Consejos General y Local del INE, así como de las comisiones y del Consejo General del IETAM, en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, la necesidad de que se armonicen las actuaciones de los órganos desconcentrados con los instrumentos jurídicos signados y/o por signar entre el INE y el IETAM: Convenio General de Coordinación, Anexo Técnico, Anexo Financiero y, en su caso, Adendas.
Así, en las Directrices se establecieron mecanismos, formalidades y calendarios de trabajo para aquellas actividades que les vinculan y que deben ser ejecutadas con la concurrencia de ambos institutos.
Con la comunicación y coordinación de ambos organismos electorales, se dará cumplimiento a las metas establecidas en el Plan y Calendario del Proceso Electoral Local 2018-2019.