La reelección consecutiva es una figura que ha vuelto a la realidad jurídica y política de México tras concretarse la reforma electoral del 2014, donde se abrió esa puerta que poco a poco ha comenzado a cumplir los plazos para llevarse a la práctica como alternativa para que integrantes de ayuntamientos, así como legisladores locales y federales puedan competir nuevamente por el mismo cargo que ya ocupan.
En varias entidades federativas ya pasó de la ley a la práctica desde el 2017 y a nivel federal se estrenará cuando lleguen las nuevas contiendas legislativas, dentro de tres años será el turno de diputados y en seis para senadores, es decir, quienes ya están en el Congreso podrán competir para quedarse, porque la próxima vez que se abran las urnas estará vigente esa ruta que desde hace décadas se mantuvo cerrada para cualquier cargo.
La reelección estaba fuera de la ecuación comicial de forma absoluta, por el principio maderista que combatió tres décadas de porfiriato que se reelegía una y otra vez. De ahí el contexto del “sufragio efectivo, no reelección” en los albores revolucionarios, aunque desde tiempo atrás el propio Díaz defendía esa arenga contra la reelección de Benito Juárez.
Más allá de Porfirio Díaz en nuestra historia, la reelección para municipios y congresos era una realidad en México antes del 2014, aunque en modalidad diferida, no inmediata o consecutiva como ahora sí se podrá. Los retos en puerta ante el cambio de modelo son varios, de entrada, una regulación asimétrica en las entidades federativas que en unos casos obliga a servidores públicos a dejar el cargo que ocupan y buscan refrendar previo a la campaña, separarse o pedir licencia con mucha anticipación a la votación en unos casos, con muy poca anticipación en otros y en otros más de plano se les permite quedarse y hacer campaña siendo al mismo tiempo funcionario en activo y candidato.
Los criterios también son variados en el ámbito judicial y tan sólo el tema de quedarse en el cargo sin importar que estén en curso las campañas tiene gran complejidad para armonizar los mandatos de imparcialidad y neutralidad de servidores durante los comicios.
Un servidor-candidato es natural en modelos como el estadounidense, pero no en el mexicano, donde hay claros mandatos constitucionales de imparcialidad que no hacen compatible la doble función de candidato–gobernante.
A propósito de esos dilemas, hace apenas unos días se presentó un libro muy completo e interesante de Jorge Sánchez Morales (La reelección legislativa y de ayuntamientos en México. Tirant, 2018), en donde se expone un estudio de criterios jurisdiccionales, diferencias entre las leyes de cada entidad en nuestro país y experiencias comparadas del tema en democracias europeas, latinoamericanas y la estadounidense. Ahí encontramos que siempre hay ventajas y desventajas para la figura, exorcizada de nuestro marco legal hasta ahora que está más viva que nunca para ayuntamientos y congresos, no así para la presidencia de la república, en donde la constitución mantiene la restricción absoluta que se incluyó en 1917.
Un análisis sereno del asunto demuestra que no es una fórmula ajena a entornos democráticos, aunque hay contextos a valorar por riesgos latentes (alimentar cacicazgos políticos, por ejemplo), candados que hacen diferencia entre una y otra experiencia como el limitar a un solo periodo la posibilidad de reelegirse o establecer que, en caso de ganar dos veces, se dejen pasar periodos antes de volver a contender.
Hay incluso reelección presidencial consecutiva exitosa en países como Alemania, Francia, Estados Unidos, Argentina, Bolivia o Brasil, pero no sin equilibrios, porque ahí está limitada a un solo periodo extra, mientras que un presidente en Chile, Perú o Uruguay puede competir nuevamente por el cargo, siempre y cuando deje pasar al menos un periodo de mandato completo. En Panamá y Costa Rica, la restricción para volver a participar requiere dos periodos completos. Casos polémicos como el de Venezuela permiten al presidente ejercerla de forma indefinida, lo mismo que Nicaragua, y ahí empiezan las discusiones sobre la pertinencia o abuso de la figura.
En México, el modelo todavía es híbrido, hay prohibición absoluta para reelección presidencial como en Colombia, Guatemala y Paraguay, pero al existir la reelección de presidentes municipales no necesariamente se va cumplir la idea de que a mayor rendición de cuentas o buen gobierno vendrá el premio de ser reelecto, porque para ello se necesitan fortalecer criterios y huecos legales. El reto de la reelección en puerta es alejar la colisión de reglas (la obligatoria paridad de género en candidaturas, la cuota indígena), evitar estancos de clases políticas, cacicazgos municipales o abusos del cargo para obtener ventajas frente a competidores. Habrá que reivindicar la figura sin satanizarla, pero sin ignorar tampoco que necesita atención durante los próximos años.
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