Palabras de Marco Antonio Baños en el que se aprueban los “Lineamientos de Operación de Casillas Especiales para el voto de las personas hospitalizadas”

Escrito por: INE
Tema: Consejeras y Consejeros Electorales


Bueno, ocurre que en algunas discusiones previas que hemos tenido en la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, hemos revisado cómo hay medidas que garantizan el ejercicio del derecho para todos los segmentos de una sociedad, en algún momento comenté con los colegas en Mesa de Consejeros Electorales, el caso de Puerto Rico donde tienen ellos una modalidad de voto adelantado, que garantiza que las personas que están recluidas en las cárceles, que por alguna razón están en los hospitales o que por razones de edad no se puede movilizar el día de la Jornada Electoral pueden ejercer su derecho de voto de manera previa a la Jornada Electoral, en los días previos a la Jornada Electoral.

Incluso, las fuerzas armadas que son quienes resguardan el orden público, tienen derecho a votar antes de la Jornada Electoral para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos político electorales.

Este es un tramo que todavía está pendiente en México, la legislación no contempla estas modalidades y por eso justamente en el ámbito de los trabajos de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica, colocamos la posibilidad de que se pudiera revisar si en algunos hospitales podríamos desahogar una prueba piloto para que los enfermos que no tienen posibilidades de salir a votar el día de la Jornada Electoral, puedan ejercer su derecho de voto.

Quiero decir que la posibilidad de implementar esta prueba piloto enfrenta diversas complicaciones porque tenemos una nomenclatura específica de casillas, esa parte obliga, por ejemplo, a que las casillas básicas se coloquen en un punto de la sección que pudiera ser equidistante frente al domicilio de todos los ciudadanos y garantizar que todos pudieran tener más o menos la misma distancia para recorrer hacia ese domicilio.

Las contiguas se ponen junto a las casillas de carácter básico, mientras que las extraordinarias obedecen a otra situación diferente y que son todas ellas analizadas por los consejos distritales.

En tanto, las casillas especiales son casillas que reciben el voto de los ciudadanos que transitoriamente se encuentran fuera del domicilio que corresponde a su domicilio, en consecuencia, lo que nosotros estamos proponiendo es que para realizar la prueba piloto, primero en coordinación con las autoridades de las secretarías de salud de las diversas capitales de las entidades federativas, se pueda identificar un hospital que pueda tener ciertas características y que permita la instalación de una casilla especial, que es, digamos, de la nomenclatura que hoy está reconocida en la legislación, la que más podría permitir la generación de esta prueba piloto.

¿En qué consiste esta prueba piloto? Como bien como lo mencioné, es identificar un hospital en cada una de las 32 capitales de las entidades federativas para colocar una casilla especial ahí, la modalidad de voto que se seguiría en esas casillas sería vinculante, esto quiere decir que la votación que se reciba en esas casillas contará de manera efectiva para los candidatos por los cuales ejerzan su derecho de voto las personas dentro del hospital.

Ahora ¿es una casilla especial que estaría abierta para todo el público? La respuesta es no, estaría solamente para que puedan votar las personas que están en un hospital, es decir, los enfermos, los familiares de los enfermos y algunos de los trabajadores del propio hospital que por razones de estar trabajando ahí no pudieran ejercer su derecho de voto.

La idea sería que a las 7:30 se haga presencia en el lugar correspondiente, los funcionarios que sean designados formalmente en el mismo procedimiento la integración de casillas por parte de los consejos distritales correspondientes, habría que identificar qué Consejo Distrital de cada entidad federativa es el responsable de hacer la aprobación de esta casilla, este Consejo General independientemente de su carácter de órgano superior de dirección no podría traer la aprobación de la instalación de estas 32 casillas de carácter especial, sino que tendríamos que seguir el procedimiento y entonces ver qué Consejo Distrital de cada entidad federativa es el que aprueba la instalación de esta casilla.

Aquí quiero aclarar un detalle que me parece importante, no estamos llegando al tope de las cinco casillas especiales como máximo en cada Consejo Distrital, por tanto, tenemos posibilidades de que esa casilla especial se pueda instalar.

Entonces, 7:30 habría presencia de los funcionarios de casilla, de los representantes de los partidos políticos en el área del hospital que autoricen los responsables de ese hospital, no llegaríamos y lo instalaríamos en cualquier lugar, sino las autoridades nos dirían del hospital dónde debemos instalar esa Mesa Directiva de Casilla; a las 8:00 de la mañana procederíamos a la votación igual que en todos los casos.

Ahora, una modalidad que está prevista en este Proyecto de Acuerdo es que la casilla estaría fija en un lugar pero habría la manera de que las urnas sea itinerantes, ¿Qué significa esto? Que podrían llevarse las urnas hasta el lugar donde están los enfermos que no tienen posibilidad de movilizarse hacia el lugar donde se instale la casilla y, por consecuencia, permitirles que ejerzan su derecho de voto.

Se prevé que si el hospital es grande, digamos, y hay muchas personas que están en estas condiciones que no tienen capacidad de movilización, pues entre las 9:00 de la mañana y las 5:00 de la tarde se va a hacer el recorrido por las diversas habitaciones que ocupen los enfermos para que ejerzan su derecho de voto, a las 5:00 concluiríamos con esta modalidad del voto itinerante y a las, entre las 5:00 y las 6:00 pues habría la posibilidad de que algunos más que están dentro del hospital pudieran votar, las urnas estarían obviamente a la vista.

La idea es que la itinerancia de las urnas pueda ser acompañada por los partidos, pero eso va a depender sí de una cosa y lo quiero dejar muy claro, va a depender de las posibilidades de acceso a los lugares donde estén los enfermos, ¿por qué? Porque habrá lugares donde existan enfermos delicados que no puedan recibir gente en los lugares donde estén y, por consecuencia, no tengamos autorización de las autoridades del hospital para que los partidos pudieran estar ahí.

Entonces ésta es la modalidad de las casillas piloto que podríamos colocar en un hospital de cada una de las 32 capitales de los estados de la República. Y me parece que sería un paso significativo en la idea de ir generando nuevas condiciones, yo supongo que los resultados, en caso de que se apruebe así la instalación de estas casillas, los resultados van a permitir generar un conjunto de recomendaciones de orden técnico al Poder Legislativo para que se revise cómo normar esta parte, quizá en un futuro tengamos que ver una posibilidad de casillas específicas para esto que no estén dentro de las básicas, contiguas, las especiales y las extraordinarias que ahora instalamos.

Yo creo que existen las condiciones suficientes, no hay necesidad de hacer ninguna inversión importante de recursos, tienen el costo normal de las Mesas Directivas de Casilla que vamos a instalar a nivel nacional y, por consecuencia, no requiere un despliegue ni de recursos ni de personal por parte de la Institución.

Y por otra parte nada más diré que existe también la necesidad, eso sí, de que haya un técnico adicional en estas casillas para poder controlar la computadora que tiene la base de la Lista Nominal de Electores correspondiente.

De mi parte sería por el momento todo, Presidente, obviamente estaremos atentos a las reacciones de los miembros del Consejo General.

Versión estenográfica de la intervención del Consejero Electoral Marco Antonio Baños, en el punto 3 de la Sesión Extraordinaria, por el que se aprueban los “Lineamientos de Operación de Casillas Especiales para el Voto de las Personas Hospitalizadas, familiares o personas a su cuidado y personal de guardia, durante la Jornada Electoral del 1° de Julio 2018 en Hospitales. Prueba piloto y Dispositivo Ordinario”

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