Número: 458
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró la improcedencia de las medidas cautelares y tutela preventiva solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de José Antonio Meade y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), por un video con el lema Hagamos de México una potencia, difundido en YouTube, Twitter y en la edición digital de los diarios El Universal, Milenio y Vanguardia, en el que presuntamente se promociona al precandidato denunciado y que, a juicio del quejoso, podría constituir actos anticipados de precampaña.
En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las consejeras Adriana Favela, Claudia Zavala y del Consejero Benito Nacif, la Comisión determinó que el material motivo de la queja, alojado en los portales Web de los periódicos señalados, forma parte de un ejercicio libre de la labor periodística amparado por la libertad de expresión, aunado a la ausencia de elementos para suponer que la publicidad haya sido contratada.
Respecto al video en YouTube y Twitter, se planteó -bajo apariencia del buen derecho- que éste se ubica en cuentas de redes sociales y, por ende, goza de un ámbito reforzado de libertad de expresión, y del análisis al contenido –de dicho promocional- no se advierten elementos subjetivos para estimar que se está en presencia de actos anticipados de precampaña, al no desprenderse un llamado directo al voto en favor o en contra de persona o partido político o la presentación de una plataforma electoral, o que con su difusión se ponga en riesgo algún principio rector del Proceso Electoral Federal.
Sobre la tutela preventiva, para ordenar a José Antonio Meade y a las empresas de comunicación mencionadas abstenerse de difundir el video, con la finalidad de promocionar la imagen y nombre del precandidato priísta, ésta resultó improcedente al tratarse de hechos futuros de realización incierta relacionados con la libertad de expresión.
Promocionales de alcalde de Boca del Río
Durante la sesión, la Comisión también declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por MORENA en contra de Miguel Ángel Yunes Márquez, presidente municipal de Boca del Río, Veracruz, y del Partido Acción Nacional (PAN), por la difusión de promocionales en radio y televisión relacionados al Cuarto Informe de labores del funcionario, que a juicio del quejoso implicarían posibles actos anticipados de precampaña y campaña.
Por unanimidad, la Comisión determinó que el promocional de televisión, pautado como TESTIGO_VER_4TO_INF_GOB_MIGUEL_A_YUNES_M_7_AÑOS_DESPUES_TV, ya no se transmite, y del análisis preliminar al contenido del spot en su versión en radio -bajo la apariencia del buen derecho- no se advierten elementos subjetivos para configurar presuntos actos anticipados de precampaña o campaña, al no advertirse manifestaciones explícitas, unívocas o directas de apoyo o rechazo hacia una opción electoral (precandidato, candidato o partido político).