Gracias, señor Presidente.
Señoras y señores consejeros y representantes, como es de su conocimiento, el 18 de julio el año pasado se expidieron la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Asimismo, el 29 de noviembre pasado, el titular del Órgano Interno de Control de este instituto emitió el acuerdo por el que se establecen las directrices a seguir en caso de que los servidores públicos del Instituto reciban obsequios u ofrecimientos de uso, así, como todo tipo de bienes que reciban de manera gratuita y que no hayan solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Por su parte y para coadyuvar con el Órgano Interno de Control en la difusión de las directrices mencionadas, así como para prevenir la recepción de obsequios a los servidores públicos de la institución, el pasado 6 de diciembre la Junta General Ejecutiva emitió el Acuerdo INE/JGE211/2017, por el que se aprobaron medidas administrativas que se deberán aplicar en la Oficialía de Partes de este Instituto, en relación a la recepción de obsequios a que se refiere el artículo 40 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
El informe que tienen en sus manos tiene el propósito de hacer del conocimiento de este Consejo General las medidas administrativas aprobadas por la Junta General Ejecutiva que cito a continuación:
- a) Ninguna de las oficialías de partes de las diversas áreas de la institución, central o desconcentrada, podrá recibir objetos o bienes que en calidad de obsequio se pretendan entregar para cualquier servidor público de esta institución.
- b) En tal sentido, deberán colocarse letreros o señalamientos en las distintas oficialías de partes que indiquen tal prohibición, a efecto de que el público en general tengan conocimiento de que no se recibirá obsequio alguno.
- c) El personal deberá solicitar a quien lo pretenda entregar que se devuelva al remitente sin sellar ningún acuse ni constancia alguna y dar aviso de inmediato al funcionario respectivo.
Con estas medidas el INE confirma su compromiso con la imparcialidad absolutamente fundamental para el trabajo o de esta autoridad, así como la observancia a los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, máxima publicidad y objetividad.
Está a su consideración el informe mencionado.
Es cuanto, Presidente.
Versión estenográfica de la intervención del Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo, en el punto 18 de la Sesión Extraordinaria del 08 de diciembre de 2017, relativo al informe del acuerdo emitido por la Junta General Ejecutiva para que las Oficialías de Partes del Instituto Nacional Electoral se abstengan de recibir obsequios, en cumplimiento a la Ley General de Responsabilidades Administrativas
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