“El INE y las campañas negativas”, artículo de Marco Baños, en El Sol de México

Escrito por: INE
Tema: Opinión

Es una tendencia mundial que las épocas electorales registren excesos discursivos y estrategias para descalificar a costa de lo que sea a los adversarios, a partir de las llamadas campañas negras o de contraste que muchas veces siembran deliberadamente rumores o acusaciones diversas pensando que la duda, la confusión o incluso el engaño deliberado, puede cosechar votos y pues el fin, asume esa lógica, justificaría los medios. La ética en el diseño de campañas políticas no puede imponerse por decreto y tampoco se trata de satanizar los debates duros entre proyectos que no coinciden.

 Es un hecho que sembrar escándalo, insultos, ridiculización y hasta miedo u odio como plan calculado de campaña para ensuciar a rivales a partir de información sin sustento, lastima la calidad democrática, pero también lo es que el contraste de ofertas políticas requiere un umbral de libertad de expresión que garantice la crítica dura, sin eufemismos.

 La elección de 2006 estuvo marcada por estrategias de propaganda política de este tipo y eso llevó al Congreso a elevar a rango constitucional una restricción amplia para que, sin censura previa, pudieran sancionarse o retirarse del aire promocionales partidistas que denigraran a competidores.

 El diccionario asume “denigrar” como ennegrecer, deslustrar, y de ahí que la complejidad para definir fronteras en cuanto a la interpretación de qué spot denigraba y cuál no, en la reforma de 2014 se apostó por un ajuste de redacción para acotar los contenidos sancionables en materia de propaganda política, solo a mensajes que calumnien (imputen delitos sin sustento legal). La realidad tecnológica y la tendencia global cambia la ecuación respecto al tratamiento a cualquier tipo de campaña calumniosa, porque ahora las redes sociales y el internet modifican la lógica de campañas que solo pasan por radio y televisión.

Las campañas negativas durante todo proceso electoral son, nos guste o no, un elemento recurrente en la actividad política. Obedecen a diversos factores, pero en una u otra plataforma estarán presentes en el discurso de muchos actores políticos de aquí al primer domingo de julio de 2018.

 El INE no define quién incurre en campañas calumniosas y quién no, solo tiene competencia para que, en caso de que exista una queja de parte, defina si dicta o no medidas cautelares para detener la difusión del mensaje en tanto se resuelve el fondo del asunto en la instancia jurisdiccional. Es una facultad de la Comisión de Quejas y Denuncias que permite evitar daños irreparables a los comicios, parte de los dientes que surgieron después de la elección 2006, en donde muchos partidos cuestionaron que las sanciones a spots denigratorios o empresariales que estaban prohibidos, no incluyeran un instrumento para detener su difusión (sin censura previa).

 Esa figura de cautelares es habitual en el arbitraje electoral y será relevante durante los comicios en puerta. Solo del 1 de enero al 22 de octubre pasado, se han solicitado 161 medidas cautelares por supuestos uso indebido de pauta, actos anticipados de precampaña o campaña, calumnia, difusión de propaganda gubernamental prohibida, adquisición de tiempos en radio y tv, entre otras. Del total, 117 involucran a partidos, 39 a ciudadanos y cinco a otros actores.

 El sistema electoral mexicano cuenta con el andamiaje legal que ha tenido ajustes para acotar cualquier inhibición del debate político, para optar por la libertad de expresión, pero sin asumir que la calumnia, la propaganda de odio o el pago de anuncios ilegales para favorecer o perjudicar con estrategia de lodo a uno u otro competidor, es algo saludable o bueno para la calidad democrática.

Consulta el artículo en El Sol de México.

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