Número: 371
- Es un elemento fundamental en la cadena de confianza ciudadana en las elecciones: Lorenzo Córdova
- Consejo General del INE también ajusta plazos para fiscalización de precampañas y obtención de apoyo ciudadano, correspondientes a Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó las características del líquido indeleble que se utilizará para impregnar el dedo pulgar derecho de los electores durante la Jornada Electoral del 1 de julio de 2018.
Al tomar la palabra, el Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, reconoció que el líquido indeleble y su incorporación en los procesos electorales de México, desde hace 23 años, representan un elemento trascendental en la cadena de certeza y confianza ciudadana.
Consideró que la marca que deja el líquido indeleble en el dedo pulgar de cada votante “es una venturosa marca dignificante de la ciudadanía”.
Lorenzo Córdova destacó la importancia de esta sustancia en la vida democrática del país, pero también de su trascendencia en el ámbito internacional.
Mencionó que este líquido -desarrollado por la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional (IPN)- se ha incluido como uno de los elementos de certeza en procesos comiciales de naciones como Guatemala, Honduras y El Salvador, así como en ejercicios similares en países de Europa, como una elección sindical en Suecia.
Reconoció así la contribución de la academia y la ciencia a la credibilidad y certeza electoral, al garantizar el principio de “una persona un voto” o para evitar el voto múltiple o que un ciudadano vote más de una vez.
El consejero Marco Antonio Baños, presidente de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, comentó que el líquido indeleble –creado por el científico Filiberto Vázquez, Premio Nacional de Ciencias- facilita su observación y permanencia en la piel -por un mínimo 12 horas- y precisó que la marca que deja en el pulgar es resistente a diferentes solventes.
Resaltó la importancia de este líquido como elemento en el avance en la confianza en las elecciones nacionales, con lo cual –dijo- en “congruencia con la historia” debería de dejarse de usar; pero por vía de mientras, sigue utilizándose como un elemento de certeza”.
Marco Antonio Baños precisó que esta sustancia se incorporó al proceso electoral de 1994, fecha en la que se impulsaron mecanismos que a la fecha siguen contribuyendo a la cadena de confianza de la ciudadanía, como el talón foliado, la doble insaculación, Conteo Rápido, el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), el cancel modular o el diseño de las urnas de votación.
Establecen reglas para fiscalización
En otro punto, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral determinó las reglas para la contabilidad, rendición de cuentas y fiscalización, así como los gastos de precampaña y apoyo ciudadano para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018
El consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Fiscalización, precisó que con este acuerdo el Consejo General da cumplimiento a la Ley General de Partidos Políticos, que establece, a propuesta de la Comisión de Fiscalización y antes del inicio de las precampañas, que el INE debe determinar las reglas de contabilidad y los gastos que serán considerados como de precampaña o en este caso de obtención de apoyo ciudadano.
Las reglas establecen como gastos de precampaña y de apoyo ciudadano los siguientes conceptos:
Gastos de propaganda realizados en bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, todos los gastos realizados con motivo de la celebración de eventos políticos, propaganda utilitaria y otros similares; gastos operativos en los sueldos y salarios del personal eventual; gastos de propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos.
Además, erogaciones de producción de los mensajes de audio y video; en anuncios espectaculares, salas de cine y de internet, además de aquellos efectuados en encuestas y estudios de opinión que tengan por objeto conocer las preferencias respecto a quienes pretendan ser candidatos cuyos resultados se den a conocer durante el proceso de selección de candidatos.
En otro punto, las y los consejeros electorales aprobaron cinco procedimientos de remoción de consejeros electorales derivados de quejas por aparentes faltas a la ley electoral, de los cuales uno resultó infundado, uno sobreseído y tres desechados.
El pleno electoral ajustó los plazos para la fiscalización de las precampañas y obtención de apoyo ciudadano, correspondientes a los Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018: Los aspirantes a diputados tienen como fecha límite para la entrega de informes el 18 de diciembre de 2017; a senadores, el 19 de enero de 2018; a la Presidencia de la República y a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, el 17 de febrero de 2018, y a gobernador el 6 de febrero de 2017
Como parte del orden del día, el Consejo General declaró la improcedencia de un procedimiento oficioso en materia de fiscalización iniciado en contra de la Coalición “Por Un Coahuila Seguro” y su otrora candidato a gobernador en el estado de Coahuila, Miguel Ángel Riquelme Solís, al no advertirse elementos para acreditar una supuesta falta en esta materia.