Hoy traemos al Consejo General el resultado de distintos procedimientos oficiosos instruidos por esta autoridad, para conocer si hubo gastos no reportados en la Jornada Electoral del 4 de junio en Coahuila, Estado de México y Nayarit; en próxima sesión corresponderá conocer las conclusiones sobre Veracruz.
Dar seguimiento al gasto el día de la Jornada Electoral y su beneficio a favor de los candidatos, se desprende de una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a propósito de la acción de inconstitucionalidad 22 de 2014.
El máximo Tribunal ordenó que los recursos erogados en pago a representantes de casilla y generales, se contabilizarán no como una actividad ordinaria, sino de campaña.
Ello nos llevó a reformar el Reglamento de Fiscalización y a abrir el Sistema Integral de Fiscalización hasta tres días después de celebrada la Jornada Electoral para que en ese plazo se cargara la información con los gastos ejercidos en tareas de representación partidista.
Siguiendo la sentencia de la Corte, el INE determinó que si había una representación gratuita y desinteresa de militantes y simpatizantes, esa aportación no onerosa debía ser comprobada por los partidos mediante la entrega de formatos firmados por cada representante. Eso es lo que mandata el artículo 216 Bis del Reglamento de Fiscalización.
Hay que decirlo, es un derecho irrenunciable e incuestionable de los partidos tener representantes en cada casilla el día de la Jornada Electoral. La representación de los partidos es una garantía de legalidad, de credibilidad, de certeza en las elecciones. A todos nos conviene que haya la mayor representación de partidos y candidatos en cada célula vital de una elección, en cada mesa directiva de casilla.
Pero a la vez, esa movilización política, si llega a costar dinero, como suele ocurrir, debe ser informada y comprobada ante el INE; es necesario tener representantes partidistas.
Incluso se vale gastar y pagar por esa tarea, lo que no es permitido es ocultar el gasto o simular representación gratuita cuando en realidad se haya pagado.
Así las cosas, a los tres días de la Jornada Electoral se vence el plazo para que los partidos digan cuánto pagaron y a quién por la tarea de representación o, en su defecto, comprobar fehacientemente que se trató de una labor gratuita y sin contraprestación alguna.
En las elecciones de este año los partidos tenían hasta el 7 de junio para subir los gastos efectuados durante la Jornada al Sistema Integral de Fiscalización y por una circular de la Unidad Técnica pudieron no cargar los formatos de los representantes que acudieron a realizar la tarea de forma no onerosa, pero debieron de conservar desde ese día toda la documentación comprobatoria por si la autoridad fiscalizadora se la requería. Así ocurrió.
El 22 de junio la Unidad de Fiscalización hizo requerimientos a los partidos en las cuatro entidades con elecciones ordinarias y los sujetos obligados proporcionaron lo que les fue requerido, pero desde entonces se señaló que no necesariamente se solicitó toda la información y que ello podría dar lugar a faltantes de formatos y a sanciones injustas derivadas de requerimientos desiguales.
En la sesión donde se conocieron los dictámenes de campañas del 17 de julio, varias fuerzas políticas solicitaron que el tema de los representantes se abordara vía un procedimiento oficioso, así se hizo por decisión unánime del Consejo y se dio un plazo de 24 horas para que los partidos entregaran todos los comprobantes que aún estuvieran en su poder.
Hasta el corte del 18 de julio los partidos entregaron un volumen de 167 mil 29 formatos. Por instrucción del Consejo General, la Secretaría Ejecutiva inició la revisión, se confrontaron los formatos con la lista de representantes debidamente acreditados que inequívocamente estuvieron presentes el día de la Jornada Electoral; esto es, los que además estar acreditados, firmaron actas de la Jornada Electoral.
Esto nos dio un universo de 142 mil 761 representantes, de ellos son de los que el INE buscó su respectivo formato, no así de los que estando acreditados no se presentaron o no teníamos constancia cierta de su presencia con la firma de alguna acta el día de la Jornada.
El cruce de formatos contra representantes efectivamente presentes, permitió conocer que 103 mil formatos sí coincidieron, 63 mil 800 no coincidieron por ser ilegibles, no tener nombre o firma, porque estaban repetidos o porque no correspondían a los representantes que sí se presentaron el día de la Jornada y firmaron actas.
Para garantizar el derecho de audiencia se notificó a los partidos que no habían entregados formatos de 39 mil 500 representantes.
En respuesta, los partidos proporcionaron otros 34 mil 900 formatos, a partir de ahí se revisó otra vez uno a uno y se concluyó que 23 mil 500 eran formatos con nombres de ciudadanos distintos a los que habían sido motivo del emplazamiento, que 28 mil que eran parte del emplazamiento no se recibió formato alguno y, por lo tanto, implicaban ya una falta por la no comprobación de participación gratuita y desinteresada y, finalmente se tuvo un número de 11 mil 398 formatos de representantes que sí correspondían con los nombres motivo del emplazamiento.
Con estos últimos se procedió a revisar que no solo coincidiera el nombre, sino que tuviera firma, clave de elector o copia de la credencial para votar para descartar homonimias y que el formato tuviera fecha del 7 de junio antes, para no dar por buenos formatos elaborados con posterioridad a la fecha en que los partidos debieron resguardar los comprobantes.
El resultado fue que se validaron 9 mil 407 formatos más, quedaron sin comprobar una labor gratuita y desinteresada, 30 mil 92 representantes en cada entidad, siguiendo el Reglamento de Fiscalización se verificó cuál había sido el pago mayor hecho por un partido a sus representantes y ese fue el costo imputado a cada representante cuya labor gratuita no acreditaron los partidos.
En total hablamos de una infracción por omisión de reporte de gasto por 20.6 millones de pesos que tiene como consecuencia una sanción del 150 por ciento, esto es, 30.9 millones.
Como se sabía desde que se ordenaron estos procedimientos, las conclusiones de los mismos podían incrementar el monto de gasto de las campañas electorales de los candidatos que contendieron el 4 de junio pasado.
En toda esta intervención, a propósito, no he mencionado a ningún partido político porque el procedimiento no se hizo a favor o en contra de ninguno de ellos, fue una tarea para asegurar la certeza, para no precipitar conclusiones, para no vulnerar derechos y tampoco para exonerar conductas sin suficiente investigación, el procedimiento siguió el mismo rasero, los mismos plazos, los mismos criterios, la misma imparcialidad, la misma objetividad, aquí no hay partidos con fiscalización laxa y otros con fiscalización dura, a todos el mismo trato, a eso nos mandata la Constitución y la ley, y eso hemos hecho.
Gracias
Versión estenográfica de la intervención del Consejero Electoral Ciro Murayama, en el punto 2 de la Sesión Extraordinaria, respecto de diversas quejas interpuestas sobre el origen y aplicación de los recursos derivados del financiamiento de Partidos Políticos Nacionales
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