Es un hecho que la presencia de Internet y las redes sociales será un tema de controversia, muy recurrente, en el marco del Proceso Electoral 2017-2018, dado que la incursión de estas herramientas en nuestra vida ha cambiado el modo de interactuar entre los individuos, y no solo en favor de relaciones personales, sino también como instrumentos importantes de comunicación política con las audiencias.
Vale la pena recordar que en las elecciones presidenciales de 2012, internet se convirtió en una herramienta de gran preferencia para seguir las campañas de las candidaturas, elevando el porcentaje de atención e influencia entre la población joven del electorado. De acuerdo al estudio realizado por World Internet Project en conjunto con el Proyecto Internet del Tecnológico de Monterrey, Campus Estado de México, —que se realizó en las 32 entidades federativas, en ciudades con más de 20 mil habitantes, a través de dos mil entrevistas en una población estimada de 114 millones de habitantes— se estimó que en el 2012 existían 52.3 millones de usuarias y usuarios de internet, y un 44% de estas personas tenían entre 12 y 25 años de edad. El uso de redes sociales pasó de 32% (en 2009) a 86% (en 2012). Y se concluyó que seis de cada diez personas siguieron las campañas presidenciales en México a través de internet.
De este estudio hay un dato revelador, que refiere que el 43% de las y los usuarios jóvenes atribuyeron una influencia considerable a internet en el marco de dicho proceso electoral (Citado en Castillo 2013, 38).
En este contexto, se deben visualizar dos funciones del uso de internet y las redes sociales: primero, como mecanismos para interesar principalmente a las y los jóvenes en los procesos electorales (pues se ha visto que el nivel de participación más bajo en elecciones, se encuentra entre los jóvenes de 20 a 29 años) y la segunda, como un medio que puede ser utilizado indebidamente para influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
Sobre este último aspecto, es necesario reflexionar en torno al impacto que puede tener el uso indebido de estos instrumentos en la vida político-electoral, ya que no es un hecho desconocido que estas plataformas pueden ser empleadas para beneficiar a alguna candidatura o partido político en específico, a través del manejo de recursos públicos.
Previendo estas conductas, el pasado 5 de septiembre, el Consejo General del INE fijó, mediante el ejercicio de la facultad de atracción, los criterios tendientes a garantizar el principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos y equidad en la contienda para los Procesos Electorales 2017-2018.
Al respecto, cabe señalar que, dentro del cúmulo de criterios aprobados, se encuentra la prohibición en la utilización de sitios de internet y redes sociales oficiales para promover o influir en el voto a favor o en contra de un actor político, de un partido político o coalición.
Con dicha prohibición, el INE da muestra una vez más de su compromiso para llevar a buen puerto los Procesos Electorales 2017-2018, pues garantiza que los principios de imparcialidad y equidad serán respetados, al establecer reglas claras con que se inhiban conductas que afecten el proceso electoral que ya se encuentra en curso.
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RESUMEN