Gracias, señor Consejero Presidente.
De manera muy breve, sólo para decir que este procedimiento de actualización de los padrones de los militantes de los partidos políticos corresponde al mandato que establece la legislación electoral, que a la letra dice que cuando un partido político deja de cumplir los requisitos que están establecidos en un principio para su registro, podrían perder el registro como tales y es el caso que particularmente en el artículo 94, párrafo uno, inciso d) de la propia legislación, se establece que deben mantener el 0.26 por ciento al menos de los inscritos en el Padrón Electoral.
Como base de este ejercicio se tomó el Padrón Electoral Federal que se utilizó en el Proceso Electoral del 2015 y que tenía una cifra por 87 millones 244 mil 921 ciudadanos, cuyo 0.26 por ciento equivale a 226 mil 837 ciudadanos.
Debo decir que de la presentación puntual de los padrones de militantes de los partidos políticos y una vez que esta autoridad, a través de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos y de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores hicieron la revisión conducente, encontramos que todas las organizaciones políticas nacionales que tienen registro tienen obviamente el número necesario para conservar el registro como partidos políticos y es por eso que se están presentando estas resoluciones.
Hay, por supuesto, todo un procedimiento que se ha desahogado por parte de la autoridad, pero quisiera dejar en claro que para poder llegar a estas cifras el Instituto Nacional Electoral también colocó, en su momento, para un período específico de revisión los listados de los afiliados a los partidos políticos, para que los ciudadanos, en su caso, pudieran manifestarse respecto a si estaban correctamente afiliados a una organización política.
Se agotó ese plazo y se atendieron todas aquellas solicitudes de los derechos ARCO de los partidos políticos.
Así que me da la impresión que el trabajo se ha hecho, de conformidad con lo que establece la ley y particularmente con los lineamientos que fueron emitidos en esta materia, por lo cual todos los partidos políticos nacionales tienen la membresía necesaria para que se conserve el registro al que se refiere la legislación.
Es todo, señor Presidente.
Versión estenográfica de la intervención del Consejero Electoral Marco Antonio Baños, en el punto 7 de la Sesión Ordinaria del 28 de agosto de 2017, en el que los partidos políticos nacionales acreditan el número mínimo de afiliados para la conservación de su registro
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