«Noticiarios, audiencias y elecciones», artículo de Marco A Baños en El Economista

Escrito por: INE
Tema: Consejeras y Consejeros Electorales

El pasado viernes el Instituto Nacional Electoral aprobó lineamientos con recomendaciones no vinculantes para la cobertura en noticiarios de radio y televisión del proceso electoral 2018. Se trata de un documento que estuvo sujeto a una amplia deliberación, que proviene de consultas formales a las agrupaciones de concesionarios, académicos y profesionales de la comunicación.

No hay posturas unánimes en todos los puntos de vista que recibimos, pero sí consenso en promover coberturas noticiosas equitativas, que por un lado cuenten con plena libertad de expresión y por otro permitan a las audiencias y electores tener a su alcance una visión plural de los comicios, crítica y lo más completa posible respecto de las ofertas políticas que buscarán el voto de la ciudadanía.

Es un ejercicio que se realiza desde 1994 y siempre ha tenido una dimensión no coercitiva, ha sido una invitación a comprometerse con la pluralidad y el derecho a la información mediante postulados concretos que los medios suelen firmar, hacer suyos antes de cada contienda a manera de código de ética ad hoc para el registro periodístico de procesos electorales, lo que a su vez se utiliza como base para una veeduría u observatorio de medios, es decir para sistematizar y dar a conocer el comportamiento informativo, de forma que sea posible ver a quien cubren más, a quien menos.

Así, las empresas de comunicación, las y los comunicadores, tienen derecho siempre a jerarquizar y elegir de qué hablan o no, qué critican y qué no, pero la ciudadanía también puede conocer cómo se cumplió la recomendación y compromiso de pluralidad y equidad, a través de un monitoreo de noticiarios que tampoco es vinculante, pero que refleja esa cobertura en cifras, si se da más tiempo (en libertad editorial) a un partido o a otro, si se procura la equidad, la igualdad de oportunidades, si se da menos cobertura a candidatas que a candidatos, si hay discriminación, entre otros aspectos.

Hubo quienes expresaron que estos lineamientos debieran cambiar para reconocerse ahora como norma obligatoria, pero la ley electoral establece expresamente que siguen siendo una herramienta de carácter ético, que ha demostrado eficacia si consideramos que los monitoreos de los últimos años reflejan que en general, no hay las asimetrías abismales de antaño entre el tiempo que se dedica a informar sobre un partido o candidatura y sus competidores.

Desde esa perspectiva no estamos ante un documento inocuo, sino ante un esquema que equilibra libertad editorial con exigencia ética de pluralidad y equidad que sí ha tenido efectos favorables para promover la expresión de todas las voces en competencia y equilibrar los espacios que para ello destinan noticiarios.

Sería riesgoso en cambio, exigir que fuera obligatorio y hasta sancionable, que se destinaran exactamente los mismos minutos y segundos a todas las candidaturas, que se opinara en los medios igual de bien o nunca mal de todos por igual.

El blindaje a la libertad editorial está siempre en el carácter no vinculante de un código de ética, y el derecho a informarse de los desequilibrios o tendencias informativas excluyentes y poco equitativas está en conocer ese código y traducirlo en un monitoreo de las coberturas que no tiene mayor sanción que proporcionar datos duros sobre su cumplimiento.

Nuestro modelo de lineamientos con sugerencias para cobertura y monitoreo de cómo se desarrollan esas coberturas, es esa apuesta por la equidad que retoma y fortalece exactamente la misma redacción que utilizamos en las contiendas federales del 2015, la misma que ratificamos para las contiendas locales en el 2016, la misma que tanto en el 2014 como ahora en el 2017 ha sido sometida a una amplia consulta.

Los lineamientos enuncian compromisos, recomiendan que las coberturas procuren equilibrio, equidad, igualdad de oportunidades para actores políticos, un trato imparcial. Sugieren que se promueva en los noticiarios la confrontación de ideas, que se privilegie la libertad de expresión y se respeten los derechos de las audiencias, que no exista presentación de publicidad como si fuera información periodística relacionada con las campañas, que exista una crítica respetuosa y abierta, reconoce la importancia de los programas de análisis como mecanismos para la deliberación participativa donde se contrasten ideas, pide atender el derecho de réplica de forma oportuna cuando se trate de aclarar hechos falsos o inexactos, darle prioridad a las propuestas de candidaturas y no invadir su vida privada o íntima sin justificación, no discriminar candidaturas por identidad o preferencia sexual, origen étnico, discapacidad o edad. No representan ningún tipo de censura, más bien fortalecen la transparencia con las audiencias y electores.

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