Número: 254
- Sólo prohíbe contratación de propaganda, al inicio del proceso electoral y hasta el comienzo de las precampañas
- Autoridad electoral promueve la equidad entre quienes aspiren a un cargo de elección popular
El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió -el 20 de julio pasado- los lineamientos para garantizar que, entre el inicio del Proceso Electoral 2017-2018 (el 8 de septiembre) y el inicio de precampañas, se limite la adquisición de propaganda que implique la promoción personalizada de quienes aspiren a un cargo de elección popular a través de la radio, la televisión, medios impresos, publicidad fija, electrónicos, internet o redes sociales.
Estas regulaciones no implican ni pretenden limitar la libertad de expresión, como se señala el último párrafo del Lineamiento Quinto: “Las expresiones vertidas en las redes sociales y los medios de comunicación fuera de los espacios comerciales se presumirán amparadas bajo el ejercicio debido del derecho a la libertad de expresión y de prensa, salvo prueba en contrario”.
Los aspirantes a un cargo de elección pueden dar entrevistas, enviar mensajes en redes sociales y acudir a actos públicos, pero tienen vedado erogar recursos, públicos o privados, para promover su imagen.
Estas normas no regulan internet ni redes sociales, únicamente tienen el propósito de inhibir o cancelar la compra y la promoción pagada en esos medios durante el periodo que media entre el inicio del proceso electoral y el comienzo de las precampañas.
El inciso i) del Lineamiento Sexto señala, de manera puntual, que los medios electrónicos y las redes sociales solamente serán objeto de regulación, “siempre que se trate de anuncios, mensajes publicitarios, cintillos o cualquier propaganda contratada, adquirida o pagada”.
El propósito de esta autoridad electoral es regular el pago o adquisición de espacios de promoción personalizada. De esta manera, se busca que aspirantes y candidatos a puestos de elección cuenten con un “piso o cancha pareja” desde el inicio del proceso electoral. Con ello, se busca generar condiciones equitativas en la búsqueda del voto y sin afectar la libertad de expresión.
No cumplir con estos Lineamientos implicará que los recursos que eroguen en propaganda los aspirantes, serán sumados a los gastos de precampañas, y en caso de rebasar los topes, conforme lo establece la Ley, podría ser causal para negar el registro de una candidatura.
En un primer momento, el Comité de Radio y Televisión del Instituto elaboró los Lineamientos que regulan los criterios respecto de la aparición de dirigentes y voceros partidistas en tiempos de Radio y Televisión, los cuales serían votados en la sesión del Consejo General el pasado 29 de junio. Sin embargo, se decidió ampliar el alcance y elaborar también los Lineamientos para Garantizar la Equidad entre los Participantes en la Contienda Electoral 2017-2018.
En los transitorios del acuerdo por el que el Consejo General del INE aprueba los Lineamientos para Garantizar la Equidad entre los Participantes en la Contienda Electoral 2017-2018, se obliga al Instituto a emitir, a más tardar en el mes de agosto, las normas relativas al uso indebido de programas sociales y la violación a los principios de equidad e imparcialidad previstos en el artículo 134 constitucional.