Desde 1993 la fiscalización de contiendas electorales ha evolucionado. Hoy es parte central de un conjunto de garantías mínimas para desahogar comicios equitativos, con rendición de cuentas exigible a todos los actores políticos. El modelo vigente nos permite saber cuánto gastaron, en qué lo gastaron, de dónde obtuvieron los recursos, si los reportaron o no y si respetaron o no las reglas que fijan límites o topes al flujo de dinero destinado a proselitismo.
A lo largo 24 años el legislador ha promovido ajustes en esta materia. La base que tenemos nos permite, por ejemplo, no tener limitantes para que el INE supere el secreto bancario, fiduciario y fiscal al momento de revisar gastos de partidos y candidaturas. El acento está en dotar de herramientas sólidas para preservar el principio de equidad, para detectar aportaciones indebidas u ocultas. Se han desarrollado reglas enfocadas en evitar que el dinero sea un factor determinante en la balanza de competencia.
Con la reforma electoral 2014, la fiscalización se nacionalizó en los hechos. Es el INE ahora responsable de fiscalizar contiendas locales y federales y eso permite que los criterios sean homogéneos.
Las faltas como no respetar topes de gasto antes se establecían en ley como sujetas a multas que aplicaban a toro pasado, cuando ya había legisladores o gobernantes en funciones, pero ahora debemos pronunciarnos antes y romper esas reglas puede significar también la nulidad de toda una elección en casos concretos. Eso vuelve necesario terminar las investigaciones, compulsas y análisis de las cifras antes de que las y los candidatos ocupen los cargos a los que fueron electos. Primero se fiscaliza y luego, las violaciones graves o determinantes pueden tener una consecuencia mayor pero eso no lo decide el INE, sino el Tribunal Electoral y luego de una valoración integral del caso, no en automático.
En informes de gasto las investigaciones antes se llevaban a cabo en un lapso de 160 días, es decir, más de cinco meses, pero ahora, los mismos trabajos concluyen en un promedio de 40 a 45 días. Para llegar a buen puerto es fundamental que la contabilidad sea reportada en tiempo real y no se omita, porque el efecto de no cumplir tiempos no es un formalismo, es la diferencia entre una revisión a fondo y una con obstáculos para atenderse.
Las causales de nulidad que se sumaron al texto constitucional en 2014, tienen que ver con la compra o adquisición de coberturas informativas en campañas, con rebasar topes de gasto permitidos en una proporción que puede considerarse determinante (5% de rebase sumado a una diferencia entre primero y segundo lugar igual o menor al 5%).
La autoridad electoral ya se pronunció en primera instancia sobre los gastos en las campañas de Coahuila, Estado de México, Nayarit y Veracruz, además, respecto a dos elecciones extraordinarias en municipios de Tlaxcala y Oaxaca, en donde se fiscalizaron en conjunto, recursos de 3 mil 254 candidatos que registraron 88 mil 370 operaciones.
En el trabajo de comprobación de las operaciones de los actores políticos, la autoridad electoral registró 78 mil 613 testigos de propaganda en vía pública, medios impresos e internet, en las que se llevaron a cabo 2 mil 794 visitas de verificación a casas de campaña y actos de campaña.
Fiscalizar campañas da claridad de cuándo se viola una regla y cuándo no. Las decisiones del INE va a revisarlas el Tribunal y ahí se tomarán definiciones sobre las consecuencias de lo que se ha concluido al revisar el gasto en cada elección.
La asimetría de topes de campaña debe tomarse en cuenta por legisladores locales y federales para evitar que en un estado como Coahuila 19 millones de pesos sea el límite para que candidatos a gobernar gasten, mientras que en Nayarit la cifra sea mayor a 20 millones y el Estado de México de hasta 285 millones. También creo que debemos alejar escenarios en donde los topes se conviertan en una tentación para detonar segundas vueltas.
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