Permítanme hacer una intervención de carácter general, porque más allá de que en su momento tendrá que considerarse y someterse a votación la propuesta del señor representante de MORENA, ésta constituye el trigésimo segundo ejercicio, el ejercicio número 32 a nivel local de distritación llevado a cabo por el Instituto Nacional Electoral.
Como ya anticipaba en el punto anterior el Consejero Nacif, está pendiente todavía terminar la segunda distritación que, bajo las reglas de la reforma 2014, haría este Instituto a la distritación del estado de Morelos; en virtud de que Morelos, habiendo sido ya distritado por el INE, modificó con posterioridad a dicha distritación su Constitución, reduciendo el número de distritos electorales, lo que impondría, dado que esa reforma, a diferencia de otros estados, va a tener vigencia en la elección de 2018, que la distritación que hizo el INE no se ajustará a lo que dice la Constitución vigente.
Como se ha mencionado, la distritación de Morelos, la reforma constitucional que dio origen a la distritación de Morelos es objeto de una revisión constitucional, visto de una acción de inconstitucionalidad, igual que la Constitución de la Ciudad de México recientemente aprobada.
Sin embargo, con independencia de lo que resuelva en el caso de Morelos la Suprema Corte de Justicia, Morelos irá a elecciones en 2018 ya con la distritación realizada por el INE a partir de los datos del censo de 2010 y con los mismos criterios homogéneos y estandarizados que quiso la reforma 2014, y con los que ha venido trabajando el INE hoy, única autoridad distritadora del país, en los años anteriores y hasta estos momentos.
En el caso de la Ciudad de México tenemos una particularidad que la diferencia de Morelos. No por el hecho de que esté impugnada, vía acción de inconstitucionalidad, la reforma de la Ciudad o la emisión, en este caso, de la nueva Constitución de la Ciudad de México, sino porque en el caso de la Ciudad de México el INE no avanzó, vista la inminencia de esa reforma y que era previsible, en la distritación local, que es la que hoy nos ocupa.
En caso de que la Suprema Corte de Justicia decretara inconstitucional la Carta Fundamental de la Ciudad de México, es evidente, no habría modo de hacerlo de otra manera, no hay tiempo ya, que en las elecciones de 2018 tendríamos que ir con la distritación que es previa a la reforma de 2014 y que no fue realizada en el ámbito local por el Instituto Nacional Electoral, sino por el Instituto Electoral del Distrito Federal, si no me equivoco, una distritación, me corregirán los colegas, como la Consejera Ravel que estuvo en el IEDF, que data de más de una década; eso evidentemente dependerá de la decisión de la Suprema Corte de Justicia.
Mi preocupación es que si la Suprema Corte de Justicia en su momento determina constitucional la actual nueva Constitución de la Ciudad de México y no avanzamos en el proceso de distritación que pasa de 40 a 33 distritos locales, podríamos generar una complicación en términos logísticos y operativos para el Instituto Electoral de la Ciudad de México, del Distrito Federal, que a diferencia de lo que ocurre en otras entidades tiene una estructura distrital permanente, y que ahora está siendo, en virtud de la Constitución, obligada a ser disminuida con todas las implicaciones, no solamente administrativas, sino eventualmente incluso hasta laborales, que supone el punto.
No se trata ni de dar albazos, me parece, ni de desatender de ninguna manera lo que en su momento defina la Constitución, sino que me parece que es para la finalidad de inyectar certeza al Proceso Electoral de la Ciudad de México del próximo año, que es conveniente aprobar la distritación, darle una base incluso jurídica al Instituto Electoral del Distrito Federal para que avance en el proceso de adecuación a las nuevas disposiciones constitucionales, y en caso de que la Corte decida que la Constitución de la Ciudad de México en este punto es inconstitucional, es mucho más fácil, déjenme decirlo coloquialmente, dar marcha atrás y mantener la distritación actualmente vigente, que comenzar en su momento, porque no hay una certeza jurídica respecto a cuándo la Corte se va pronunciar sobre este tema. Incluso la Suprema Corte de Justicia ha sostenido que el tema de la distritación no está impedido o no está, digámoslo así, vinculado por la prohibición de los 90 días de impedimento de reforma constitucional antes del arranque del Proceso Electoral.
Es decir, jurídicamente sería viable, en su caso, que la distritación ocurriera más adelante. Sin embargo, eso pondría en riesgo incluso operativo y logístico, el Proceso Electoral.
Creo que es pertinente que avancemos en la distritación de la Ciudad de México, tal como está planteada, en el entendido y con la claridad de que si la Suprema Corte de Justicia da marcha atrás, declara inconstitucional la reducción de 40 a 33 distritos en la Ciudad de México, ya hay una distritación, incluso hay una base operativa con la que ha venido trabajándose las elecciones en la Ciudad de México, que sería mucho más fácil mantener que al revés: comenzar un proceso muy complejo de disminución más adelante, eventualmente no sabemos cuándo vaya a resolver la Corte, una vez iniciado el proceso electoral.
No es por otra, sino por esa razón y por supuesto, siendo deferente como lo ha sido siempre esta institución a lo que resuelvan los Tribunales y en primera instancia la Suprema Corte de Justicia del país, que es pertinente avanzar en este sentido.
Quiero terminar haciendo una reflexión de carácter general que era con la que estaba iniciando.
Las elecciones de 2018 van a ser las primeras elecciones en la historia del país que tendrán una distribución geográfico-electoral, es decir, una distritación a nivel federal y a nivel local homogénea y estandarizada, como lo que hizo la Reforma de 2014. Nunca antes todos los estados tienen una demarcación territorial electoral realizada bajo los mismos criterios, bajos los mismos parámetros, con los mismos procedimientos y por la misma autoridad. Esto es un elemento que vale la pena destacar, porque además se empalma con los mismos criterios, los mismos parámetros, los mismos procedimientos y la misma autoría de la distritación federal que aplicará, por primera vez, en virtud de que la aprobamos hace unos meses, en las elecciones de 2018.
Esta es una garantía de que el principio “una cabeza un voto”, como hemos sostenido en otras ocasiones hablando de la distritación en esta mesa, estará más garantizado que nunca antes en la historia de las elecciones mexicanas.
Y es la prueba de que esta autoridad está trabajando para llevar a buen puerto las elecciones del próximo año.
Versión estenográfica de la intervención del Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, en el punto 3 de la sesión extraordinaria del 20 de julio de 2017, por el que se aprueba la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales locales en que se divide la Ciudad de México y sus respectivas cabeceras distritales
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