A lo largo de una evolución de más de dos décadas la fiscalización se ha convertido en un pilar del Sistema Electoral Mexicano. Hoy tenemos un sistema radicalmente distinto al que prevalecía cuando inició la historia de la fiscalización en 1993, los controles por parte del INE son cada vez más robustos y eficaces, a pesar que se trata de un terreno en el que siempre hay cabida para necesarias innovaciones, cambios y actualizaciones, y en el que permanentemente tenemos el desafío de acotar nuevas estrategias contables e intentos por escapar al ojo auditor de la autoridad.
La fiscalización responde en nuestro modelo electoral a dos razones: Al principio de rendición de cuentas y a la equidad electoral, aquella tiene, en este sentido, el múltiple propósito de inhibir conductas ilícitas como las aportaciones de entes prohibidos, transparentar los ingresos y los gastos de los partidos y los candidatos, y garantizar, en consecuencia, que se respeten los límites al gasto autorizado para, con ello, equilibrar las contiendas y no hacer del flujo de recursos el factor determinante de una elección.
La natural tensión que existe entre dinero y política es la principal causa de que el control de los ingresos y gastos se haya convertido en un elemento cada vez más central de las preocupaciones y la discusión electoral.
La Reforma de 2014 instituyó un nuevo paradigma en esta materia, concentró la revisión de todos los ingresos y gastos electorales, federales y locales en manos del INE; fijó parámetros mucho más estrictos para los partidos políticos en el reporte de sus operaciones financieras, estableciendo que la contabilidad debería reportarse en tiempo real y sus ingresos y gastos plasmados en un sistema informático.
El INE, como entidad fiscalizadora tuvo, como nuevo mandato, tener que realizar sus auditorías durante y no con posterioridad a las elecciones como ocurría antes y terminar su labor en apenas 45 después de la jornada electoral.
Y, finalmente, se establecieron una serie de nuevas y graves consecuencias, como la eventual nulidad de las elecciones si hay rebases significativos a los topes de gasto.
El nuevo modelo se ha venido construyendo y asentando de manera paulatina y acumulativa, a partir de los sucesivos ejercicios de fiscalización, así ha ocurrido por lo que hace al Sistema Informático, al Reglamento y a los criterios que rigen esta materia.
De este modo, la fiscalización se ha ido perfeccionando con el paso del tiempo. Por ello, es posible sostener que la de este año es la más robusta que haya realizado el INE desde 2014, ello por supuesto, no significa conformismo ni autocomplacencia, estamos obligados a tomar nota de nuestros errores y a mejorar, cada vez más, nuestra capacidad de control y supervisión de los ingresos y gastos. Ese es un compromiso que reiteramos hoy ante todos ustedes.
Los resultados, sin embargo, están a la vista de todos, van algunos ejemplos.
En 2017, el INE auditó en apenas un mes y medio, mil 258 millones de pesos, correspondientes a las elecciones ordinarias de las cuatro entidades, frente a la revisión de mil 612 millones, pero de 14 elecciones en 2016.
En 2017, el INE logró recabar, durante las campañas electorales, el número de testigos de gasto, para compulsar la información presentada por los partidos, más alto de la historia, 78 mil 613 testigos que contrastan con los 17 mil 445 de las elecciones de 2016 y con los 40 mil 66 testigos de 2015, cuando además de las elecciones federales de diputados hubo comicios concurrentes en 16 estados.
Pasamos de 3.1 testigos de gasto por candidato, en 2015, a 24.1 testigos por candidato en 2107.
Finalmente, el monto de gasto no reportado, es decir, el que con ánimo de ocultamiento o bien por error no es informado por los partidos y los candidatos al INE y que es el resultado de la actividad de investigación de la autoridad electoral, hoy es mucho mayor, el dato es elocuente, mientras que en las 14 elecciones de 2016 se detectó un gasto no reportado por 77.3 millones de pesos; en las cuatro de 2017 el monto no reportado detectado es de 364.2 millones de pesos.
Estamos hablando de un incremento de 471 por ciento de un año a otro, a pesar de que los cargos en disputa hoy fueron mucho menos.
Resulta necesario hacer una precisión, me parece, de suma importancia. Si bien el INE es responsable de fiscalizar las cuentas de los partidos y candidatos a nivel local, hay una serie de determinaciones que no corresponden a este Instituto, me refiero concretamente a dos aspectos:
“La determinación de los topes de gasto de campaña y las consecuencias de la fiscalización en el proceso de calificación de las elecciones”. En ambos casos quiero ser enfático ni los topes ni las nulidades de las elecciones corresponde determinarlos al INE.
Si hoy tenemos ante nosotros situaciones tan paradójicas, para decir lo menos, como que el tope de gasto de la elección de gobernador del Estado de México sea de 285 millones de pesos, con un listado nominal de 11.3 millones de electores, es decir, un tope proporcionalmente cinco veces más alto del que tendremos para la elección presidencial de 2018, que será de alrededor de 427 millones de pesos, con un padrón de 87 millones de electores.
O bien el hecho de que en Coahuila se haya tenido un tope de 19.2 millones de pesos para la elección de gobernador frente a los 20.5 millones de pesos de tope en Nayarit, a pesar de que su listado, el de Coahuila, sea 2.5 veces más grande que este último, no es responsabilidad alguna del INE.
Insisto en la comparación de otro modo, el tope de gasto del EDOMEX supone 25 pesos por cada elector, mientras que el presidencial de 2018 será solo de cinco pesos por elector, y si el tope de gasto de gobernador de Coahuila hubiera seguido la misma proporción que se siguió en Nayarit, el tope habría sido de 50 millones de pesos y no de 19.2, como ocurre.
Esas incongruencias son el resultado de las decisiones que se tomaron por las fuerzas políticas representadas en cada uno de los congresos locales y plasmadas en sus leyes, no del INE.
Por otro lado, y lo menciono porque en días recientes se ha abierto una intensa discusión sobre la posibilidad de que se anulen algunas elecciones como consecuencia de la fiscalización, las eventuales decisiones que se deriven de la revisión del INE, salvo las multas, no le corresponde tomarlas al Instituto, sino a los tribunales.
Es cierto que la reforma introdujo un nueva causal de nulidad derivada de un rebase de los topes de gasto; pero la misma le toca dirimirla a la justicia electoral, no al INE. En ese sentido el trabajo del Instituto debe ser eminentemente técnico y no especular con lo que puede o no ocurrir.
Resulta indispensable que la fiscalización se haga con el propósito de determinar con precisión a cuánto ascienden los recursos recibidos y gastados en cada campaña, los reportados y los no reportados, sin tomar en cuenta las consecuencias que ello supone. No hacerlo, sería equivocarnos, en un sentido, procurando que los topes no se superen, o en otro teniendo los rebases como mira.
El trabajo de fiscalización tiene que ser ajeno a ello y, por supuesto, imparcial. Esa ha sido la lógica con la que fiscalización que hoy se presenta a nuestra consideración se ha realizado.
Versión estenográfica de la intervención del Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, en el punto 4 de la sesión extraordinaria, relativo al dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos a los cargos de Gobernador, Diputados Locales, ayuntamientos y regidores, correspondiente al Proceso Electoral Local Ordinario 2016-2017, en el estado de Nayarit
-o0o-