Gracias, Consejero Presidente.
Bueno, yo voté a favor del sentido del Proyecto, como se está presentando.
Yo creo que estamos ante la presencia de una tarjeta de propaganda. Es una tarjeta de cartón, se asemeja a una tarjeta que pudiera ser una tarjeta, a lo mejor de débito, pero en realidad es una tarjeta de cartón, que en efecto es entregada durante la campaña.
Para mí es una estrategia de campaña, puede no gustarnos, puede ser criticable, pero desde mi punto de vista sí es una tarjeta de propaganda.
Precisamente por estar la duda de si esta propaganda pudiera involucrar alguna coacción de voto o presión al electorado, como decía la Consejera Claudia Zavala, por eso se le está dando vista al OPLE para que determine si existe o no esta posible coacción del voto.
Pero en realidad para nosotros, lo que correspondería investigar, es el gasto en materia de fiscalización.
Las tarjetas, el costo de las tarjetas están reportadas en el SIF, no existe un gasto no reportado relacionado con las tarjetas, ni tampoco hay una entrega de dinero, esto es importante, porque el artículo 209, que se ha comentado en su párrafo cinco, en el punto cinco, sí, se refiere justamente a la coacción del voto o a la entrega de alguna dádiva o un beneficio. Pero ya la Sala Superior resolvió hace poco en el SUP-RAP526/2016 para que se constituya esta falta es necesaria la entrega y aquí es importante que, lo único que se entregaba era una tarjeta de cartón; es decir, no estaban entregando ni un beneficio social ni un dinero.
Es una promesa de campaña, como muchas que hay en las campañas; probablemente esta sea distinta, esta sea novedosa y a lo mejor pudiera ser hasta prohibida, pero no nos corresponde a nosotros determinarlo, le correspondería al OPLE manifestarse en este sentido si pudiera ser o no una propaganda prohibida. Desde mi punto de vista, habrá que esperar a que resuelva el OPLE esta situación.
Yo sí estoy de acuerdo con la vista, por supuesto, al INAI, porque aparentemente hay un registro de beneficiarios y se utilizan datos personales en este registro.
No es un padrón, porque no cumple las características, por supuesto, del padrón de beneficiarios de un programa social, pero aparentemente se levantaron datos personales. Entonces creo que por eso sí estaría de acuerdo con la vista al INAI y que ahí se resuelva si existe o no alguna violación a este tipo de datos personales.
Y también estaría de acuerdo con la Consejera Zavala en la modificación que propone en el punto número 36, para que esté de acuerdo justamente con los argumentos que hemos expresado.
Gracias, Consejero Presidente
Versión Estenográfica de la intervención del Consejero Electoral Enrique Andrade, en el punto 3.5 de la sesión extraordinaria del 14 de julio 2017, relativo al proyecto de resolución en materia de fiscalización, en contra del candidato a Gobernador de Coahuila, de la coalición “Por un Coahuila seguro”
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