Número: 109
- Declara Comisión de Quejas y Denuncias improcedencia de medidas cautelares de promocionales de MORENA en los que aparece Andrés Manuel López Obrador
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), por mayoría, declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de diversos promocionales de radio y televisión pautados por MORENA en los Estados de Coahuila, México, Nayarit, Oaxaca y Veracruz, por una aparente sobreexposición del nombre e imagen del dirigente nacional de ese partido, Andrés Manuel López Obrador, lo que a juicio del quejoso, podría constituir un posicionamiento anticipado de éste con miras al Proceso Electoral Federal 2017-2018, que vulneraría la equidad en la contienda electoral.
En sesión extraordinaria urgente, con el voto a favor de la Consejera Pamela San Martín y del Consejero José Roberto Ruiz, y el voto en contra de la Consejera Adriana Favela (quien anunció un voto particular), la Comisión determinó -bajo apariencia del buen derecho- que los spots denunciados que a la fecha se difunden, cumplen con las disposiciones establecidas en la ley electoral para ser transmitidos en los períodos de campaña en Coahuila, Estado de México y Nayarit; de intercampaña en Veracruz, y de precampaña en Oaxaca (elección extraordinaria en el municipio de Santa María Xadani).
Asimismo, se precisó que algunos de los promocionales motivo de la queja ya no se transmiten, por lo que en esos casos se decretó la improcedencia por tratarse de hechos consumados.
La Consejera Pamela San Martín y el Consejero José Roberto Ruiz señalaron que los materiales que se transmiten actualmente cumplen con la norma electoral, de acuerdo a sus características y con relación a la etapa de los procesos electorales locales en los que fueron pautados. Lo anterior, porque se identifica claramente el nombre y cargo del dirigente partidario y, desde una óptica preliminar, no se actualizan las directrices señaladas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (centralidad del sujeto, direccionalidad del discurso y coherencia narrativa) para actualizar la exposición indebida de un dirigente partidario.
La Consejera Adriana Favela votó en contra de la improcedencia y anunció un voto particular, al mencionar que a su juicio no se realizó el estudio en los términos solicitados por el quejoso, con relación a la supuesta sobreexposición de la imagen y nombre de Andrés Manuel López Obrador derivada de su inclusión en los promocionales pautados por MORENA en todas las Entidades con procesos electorales en curso.