Palabras de Lorenzo Córdova en el que se determina verificar el cumplimiento de los criterios y requisitos de designación del Secretario Ejecutivo del IETAM

Escrito por: INE
Tema: Actividad del Consejo

Permítanme intervenir en este punto.
Como ya lo mencionaba el Consejero Rivera, estamos ante un tema, digamos atípico, pero que el propio Instituto Nacional Electoral tiene que asumir en su lógica de ente rector del sistema nacional de elecciones.

Nosotros somos por mandato constitucional garantes de la certeza, de la legalidad, de la imparcialidad, por supuesto en primera instancia, estamos obligados de nuestras funciones, pero también del sistema nacional de elecciones del cual, por mandato constitucional, somos responsables o corresponsables si se quiere.

Como ya se señalaba, en días previos nos enteramos por vía de la prensa local, no sólo de la salida, sino del posible nombramiento de un funcionario como Secretario Ejecutivo en el Instituto Electoral de Tamaulipas, que presuntamente incumplía los requisitos que este propio Instituto ha planteado en el Reglamento Nacional de Elecciones.

Eso evidentemente implicó una supervisión de la decisión que efectivamente el domingo pasado tomó el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas e implicó en los días siguientes el recabar información, evidencia documental que es la que sustenta la presentación del proyecto de atracción que hoy se somete a consideración del Consejo.

Estamos frente a un caso en el que, como puede constatarse con los elementos que existen, que obran en el Proyecto de Acuerdo que está sometido a nuestra consideración, el funcionario recién designado, el ciudadano Alfonso Guadalupe Torres Carrillo, a pesar de que en un documento bajo protesta de decir verdad, que consta en el dictamen, que sustentó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, omitió informar, a dicho órgano, que había ocupado previo a su designación como Secretario Ejecutivo, distintos cargos en un partido político, lo que, insisto, contraviene uno de los requisitos de elegibilidad que están establecidos en el Reglamento de Elecciones; es decir, no haber ocupado en los últimos cuatro años, un cargo directivo de algún partido político.

Como garantes de la certeza, de la legalidad y la imparcialidad en el sistema nacional de elecciones es que asumo, estamos obligados y agradezco la petición de atracción que han realizado los integrantes de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales de este Instituto, el poner a la consideración de este órgano colegiado la propuesta, repito, de ejercer la facultad de atracción, no solamente para restablecer la legalidad en la vida institucional del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante la remoción del mencionado ciudadano, insisto, bajo la premisa de que incumple los requisitos de elegibilidad establecidos y, como por cierto ha ocurrido en otras ocasiones, vista la premura de restablecer los principios rectores de la función electoral en el estado de Tamaulipas, visto que el Proceso Electoral haya ha comenzado, la de designar también al Licenciado Miguel Ángel Chávez García, funcionario, ex funcionario de esta institución, destacado miembro del Servicio Profesional Electoral que hasta hace apenas unos meses se desempeñó como Vocal Secretario de una Junta Distrital de nuestra institución en el estado de Tamaulipas, para que funja como encargado de despacho en el cargo de Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral Local, hasta el término del Proceso Electoral en curso.

Con ello, vuelvo a insistir, el propósito que está planteándose es el de ejercer a plenitud el rol de garante que tiene este Instituto, bajo una premisa de supervisión y acompañamiento del trabajo de los Organismos Públicos Locales Electorales, de los principios rectores de la función electoral a lo largo de los procesos electorales que culminarán o que verán su punto culminante en la Jornada Electoral del próximo 1º de julio.

Esta pretensión, por supuesto busca, está el ejercicio, esta facultad busca también, lo digo con énfasis y con todas las letras, garantizar la independencia frente a cualquier tipo de indebida injerencia externa en los trabajos de las autoridades electorales locales y de garantizar, insisto, la vigencia plena de los principios rectores de la función electoral que, en primera instancia, como el Proyecto de Acuerdo lo plantea; el de certeza para todos los actores políticos y para la ciudadanía en general; el de legalidad, que implica el estricto apego no solamente a la Constitución Política, a las leyes generales, sino también a los reglamentos y lineamientos y directrices que este Consejo General en su rol de órgano rector del sistema nacional de elecciones ha emitido; y, por supuesto, el de independencia, que es condición sine qua non para una contienda democrática tanto a nivel federal como, en este caso, a nivel local en el estado de Tamaulipas.

La propuesta, por supuesto, que de nueva cuenta agradezco a los miembros de la Comisión de Vinculación está a consideración de todos ustedes.

Versión estenográfica de la intervención del Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, en el punto único de la Sesión Extraordinaria Urgente del 29 de noviembre de 2017, en el que se determina ejercer la Facultad de atracción para verificar el cumplimiento de los criterios y requisitos de designación, del Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral de Tamaulipas

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