Palabras de Enrique Andrade en el que se reforma el Reglamento Interior del INE

Escrito por: INE
Tema: Actividad del Consejo

Gracias, Consejero Presidente.

De manera muy breve, se circuló una adenda al punto tercero de este punto de acuerdo, que es la inclusión de los incisos y), z) y aa) en el Articulo 45 del Reglamento Interior del INE, para adicionar algunas atribuciones a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, relacionadas con el voto de los mexicanos residentes en el extranjero.

De tal suerte que se pone en coordinación el Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral, con lo que señaló en el Acuerdo 194/2017 del 28 de junio, en donde se aprueba el Plan de Trabajo del Voto de los Mexicanos en el Extranjero.

Igualmente se armoniza con el Reglamento Interior, los artículos 100 a 109 que hablan justamente del voto de los mexicanos en el extranjero, sobre reglas generales y modelo de votación, y estas atribuciones que actualmente corresponden a la Coordinación de Asuntos Internacionales, pasarían a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, y así mismo contar con un área de Vinculación con los mexicanos residentes en el extranjero y los líderes de las comunidades migrantes, que siempre ha sido una costumbre de este Instituto Nacional Electoral, antes el IFE, de tener un área específica de vinculación.

Esta área específica estaría dentro de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores en coordinación con estas modificaciones al Reglamento Interior.

Sería cuanto.

Versión estenográfica de la intervención del Consejero Electoral Enrique Andrade González, en el punto 3 de la Sesión Extraordinaria del 05 de septiembre de 2017, en el que se Reforma el Reglamento Interior del INE

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