Palabras de Benito Nacif sobre la aprobación de los lineamientos para la organización del voto postal de las y los mexicanos residentes en el extranjero para las Elecciones 2018

Escrito por: INE
Tema: Consejeras y Consejeros Electorales

Gracias, Consejero Presidente.

Para explicar este Proyecto de Acuerdo hay que tomar en cuenta una, hay que empezar distinguiendo una diferencia entre el Listado Nominal de Electores Nacional y el Listado Nominal de Electores Residentes en el Extranjero.

El Listado Nominal de Electores Nacional, se hace un corte una vez que pasa la fecha para recoger la Credencial, y ese es el Listado definitivo. Eso sucederá en abril del próximo año.

En el caso del Listado Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, el definitivo se construye, es decir, aquel que va a servir para organizar las elecciones desde el extranjero, se construye a partir de la manifestación de los ciudadanos de su decisión de votar en cada elección específica, y estos lineamientos contienen la diversas etapas, reglas, procedimientos para la construcción de ese Listado Nominal definitivo de Electores Residentes en el Extranjero.

La razón por la cual es necesario que los ciudadanos en el extranjero mexicanos, que quieran votar en las elecciones, ya sea de Presidente de la República, o de gobernadores de las diferentes entidades o de senadores, tienen que manifestar su intención de votar, es para verificar que la dirección de los ciudadanos en el extranjero es aun la que nos manifestaron cuando se trata de ciudadanos que obtuvieron su Credencial desde el extranjero o para que manifiesten la dirección en la que se encuentran, para que se les envíe a esa dirección el paquete electoral vía postal, con la documentación necesaria para votar.

En estos Lineamientos, como el acuerdo de plazos que se aprobó en el punto anterior, también se desarrollaron pensando en la maximización de las posibilidades de que los ciudadanos que se encuentran en el extranjero, puedan votar en el 2018.

En estos Lineamientos se atienden las diversas situaciones registrales en las que pueden estar estos ciudadanos y se incluyen los procedimientos a seguir y las acciones que se realizarán en cada caso.

Cuando los ciudadanos cuenten con una Credencial vigente, emitida en territorio nacional o tramitada en Consulados y Embajadas de México en el extranjero, deberán ingresar al Portal del INE que los llevará de la mano en cuanto a los pasos a seguir para ser incorporados en el Listado Nominal de Electores Residentes en el Extranjero definitivo.

Los ciudadanos que no cuenten con Credencial vigente, deberán acudir a los Consulados y Embajadas para realizar su Solicitud de Credencial para Votar.

Hay básicamente dos procedimientos que conviene distinguir: Uno los ciudadanos que tramiten su Credencial para Votar en el extranjero hasta el 31 de agosto de 2017 o que cuenten con una Credencial para Votar emitida en territorio nacional, tendrán hasta el 31 de marzo de 2018 para expresar su decisión de votar y realizar los trámites necesarios a través del Portal del Instituto Nacional Electoral para este fin específico.

En estos casos, perdón, en caso de ser necesario, estos ciudadanos podrán confirmar la recepción y activar su Credencial para Votar desde el extranjero o reportar su cambio de domicilio en ese momento, porque hay ciudadanos que tramitaron su Credencial, tenían un domicilio al hacerlo en el extranjero y ahora ya residen en un domicilio distinto.

El segundo caso, es el de los ciudadanos que tramiten su Credencial a partir de que inicia formalmente el período de inscripción en el Listado Nominal Definitivo para Votar en el Extranjero; es decir, a partir del primero de septiembre de 2017 y hasta el 31 de marzo. Estos ciudadanos simplemente tendrán que confirmar la recepción y activar su Credencial para Votar, y al hacerlo, automáticamente quedarán ya inscritos en el Listado Nominal y recibirán, por lo tanto, las boletas para emitir el voto, sólo que tendrán que hacerlo antes del 30 de abril del 2018 porque los plazos para preparar el Listado definitivo y enviar los paquetes nos obliga a tener esa fecha, que es la más cercana a la elección que pudimos encontrar.

En todo momento, los ciudadanos en el extranjero podrán llamar a INETEL para recibir orientación y ayuda con cualquier parte del proceso de inscripción; estaremos atentos y pendientes para asistirlos.

Es así que, pues con estos lineamientos se da certeza, se establecen mecanismos claros y sencillos para que los ciudadanos que se encuentren fuera del país puedan ejercer su derecho a votar desde el país en el que residen, al tiempo que se brinda la certeza de que los votos que se reciban bajo esta modalidad se sujeta a lo dispuesto por la Constitución y la ley, Consejero Presidente.

Gracias.

Versión Estenográfica del  Consejero Electoral  Benito Nacif  en el punto 12  de la Sesión extraordinaria del 28 de julio  de 2017, por el que se aprueban los “Lineamientos para la conformación de las Listas Nominales de Electores Residentes en el Extranjero para los Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018”

-o0o-